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Estructura y contenido. Respecto a la estructura de la Constitución española de 1.978 cabe decir que ésta contiene un breve Preámbulo, al que siguen once Títulos que compendian 169 artículos. Cierran la Constitución cuatro disposiciones adicionales, nueve disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y una disposición final. EL PREÁMBULO: El Preámbulo de la Constitución “enuncia quién hace
la Constitución y a qué fines se encamina… pero no tiene valor
preceptivo, no es verdadera norma” (N. Pérez Serrano). Dispone esta primera parte de la Constitución que “La
Nación Española, deseando establecer la justicia, la libertad y la
seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su
soberanía, proclama su voluntad de: ·
Garantizar
la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las
Leyes conforme a un orden económico y social justo. ·
Consolidar
un Estado de Derecho que asegure el imperio de la Ley como expresión
de la voluntad popular. ·
Proteger
a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los
derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e
instituciones. ·
Promover
el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos
una digna calidad de vida. ·
Establecer
una sociedad democrática avanzada, y ·
Colaborar
en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz
cooperación entre todos los pueblos de la Tierra. En
consecuencia, las Cortes aprueban y el pueblo española ratifica la
siguiente CONSTITUCIÓN” EL
TÍTULO PRELIMINAR: Este
primer Título de la Constitución, compuesto por los primeros nueve
artículos contiene preceptos de la mayor importancia junto con
otros de menor trascendencia, a saber: a)
España se constituye en un Estado social y democrático
de Derecho que propugna como valores superiores de su ordenamiento
jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político
(art. 1). b)
La soberanía nacional
reside en el pueblo español, del que emanan todos los poderes del
Estado (art. 1). c)
La forma política
del Estado español es la Monarquía
parlamentaria (art. 1). d)
La Constitución se fundamenta en la indisoluble
unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos
los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía
de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad
entre todas ellas (art. 2). e)
El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el
deber de conocerla y el derecho a usarla. Las
demás lenguas españolas serán también oficiales en las
respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos (art.
3). f)
La bandera
de España está formada por tres franjas horizontales, roja,
amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de
las rojas. Los Estatutos
podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas.
Estas se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios
públicos y en sus actos oficiales (art. 4). g) La capital del Estado es la Villa de Madrid (art. 5). h) Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política (art. 6). i) Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios (art. 7). j) Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional (art. 8). k) Los ciudadanos y los Poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico (art. 9). l) Corresponde a los Poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social (art. 9). m) La Constitución garantiza los principios de legalidad, jerarquía normativa, publicidad de las normas, irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, seguridad jurídica, responsabilidad e interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos (art. 9). LOS
DIEZ TÍTULOS: La parte dogmática de la Constitución,
llamada así porque contiene la declaración de derechos y
libertades, está contenida en el Título I, “De los derechos y
deberes fundamentales”. Este Título se divide en cinco Capítulos, subdividiéndose,
a su vez, el Capítulo segundo en dos Secciones, a saber: a)
Capítulo Primero: “ De los españoles y los
extranjeros”. b)
Capítulo Segundo: “Derechos y libertades”. Este Capítulo
se subdivide a su vez en dos Secciones: Sección 1ª: “De los
derechos fundamentales y de las libertades públicas” y Sección 2ª:
“De los derechos y deberes de los ciudadanos”. c)
Capítulo Tercero: “De los principios rectores de la política
social y económica”. d)
Capítulo Cuarto: “De las garantías de las libertades y
derechos fundamentales”. e)
Capítulo Quinto: “De la suspensión de los derechos y
libertades”. Los
otros nueve Títulos constituyen la parte orgánica de la
Constitución, llamada así porque en ella se regula la organización
política del Estado. Estos Títulos son los siguientes: a)
Título II: “De la Corona”. b)
Título III: “De las Cortes Generales”. Este Título se
subdivide a su vez en tres Capítulos: Capítulo Primero: “De las
Cámaras”, Capítulo Segundo: “De la elaboración de las
leyes” y Capítulo Tercero: “De los Tratados internacionales”. c)
Título IV: “Del Gobierno y de la Administración”. d)
Título V: “De las relaciones entre el Gobierno y las
Cortes Generales”. e)
Título VI: “Del poder judicial”. f)
Título VII: “Economía y hacienda”. g)
Título VIII: “De la organización territorial del
Estado”. Este Título se subdivide a su vez en tres Capítulos:
Capítulo Primero: “Principios generales”, Capítulo Segundo:
“De la Administración Local” y Capítulo Tercero: “De las
Comunidades Autónomas”. h)
Título IX: “Del Tribunal Constitucional”. i)
Título X: “De la reforma constitucional”.
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